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Biblioteca Digital de la OEI
Educación Técnico Profesional
Cuaderno de Trabajo Número 4

La Educación Técnico-Profesional en Iberoamérica

III. Centroamérica, Caribe y México

2. Situación actual de la educación técnica y formación profesional

2.4. Mecanismos de financiamiento

Países

Costa Rica Cuba Rep. Dominicana El Salvador
Guatemala Honduras México Nicaragua


Costa Rica

Reglamentación o marco jurídico de ETP Objetivos de ETP
Ley Fundamental de Educación, Ley N° 2150, del 25 de septiembre de 1957, es considerada la Ley marco del sistema educativo y le da contenido legal al inicio de la ETP.

Existe un Convenio INA -MEP para manejo de software.

Ley para el Financiamiento y Desarrollo de la Educación Técnica y Profesional, que establece un mecanismo de financiamiento destinado a la adquisición de material didáctico, mantenimiento de infraestructura y financiamiento de proyectos productivos y experiencias educativas de carácter institucional y regional.
La ley establece que: “la Enseñanza Técnico profesional se ofrecerá a quienes desean hacer carreras de naturaleza vocacional o profesional de grado medio”.

La ETP tiene como objetivos generales:


¤ Ofrecer a los jóvenes la oportunidad de adquirir los conocimientos, desarrollar habilidades y destrezas mentales, y motrices que les permita incorporarse al sector productivo.
¤ Propiciar una formación integral para el desarrollo pleno de su personalidad y aptitudes conforme a su vocación.
Ley 3506 de mayo de 1965, que crea el INA, reformada por la Ley Orgánica N° 6868 de mayo de 1983. El INA tiene por objetivos:

¤ Promover y desarrollar la capacitación y formación profesional de los trabajadores en todos los sectores de la economía y contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo.
¤ Elevar la productividad de los trabajadores mediante acciones de formación, capacitación, certificación y acreditación para el trabajo sostenible, equitativo de alta calidad y competitividad.
Decreto Nº27113 - MP-PLAN del 19 de Junio de 1998, por el cual se crea el SINETEC. En este Decreto se establecen las funciones y competencias del SINETEC. Entre ellas se mencionan:
  • Establecer mecanismos de articulación horizontal e integración vertical entre instituciones formadoras de recursos humanos en el sector técnico profesional
  • Lograr el eficiente uso de los recursos disponibles del sector técnico profesional, para la formación, capacitación y educación continua.
  • Atender las necesidades del sector productivo
  • Promover la educación técnico en diversos niveles y modalidades.
  • Favorecer la atracción de inversiones de alta tecnología
  • Contribuir a la elaboración de proyectos de inversión
  • Dar seguimiento y evaluación a las actividades del sistema
  • Establecer mecanismos entre los miembros del sistema para la convalidación de créditos y reconocimiento de estudios
  • Ofrecer alternativas de capacitación para trabajos remunerados.
Son competencias del sistema, entre otras:
  • concretar mecanismos de coordinación entre sus componentes, tanto en el plano educativo como en el laboral y productivo
  • aprobar programas y ejecutar acciones
  • recomendar políticas de gobierno
  • Seguimiento y aprobación de los Programas aprobados por el sistema
EL SINETEC se crea con el objetivo de conciliar los las exigencias del crecimiento económico con el aumento de la calidad de vida de las personas; dar respuesta al aumento de demanda de recursos técnico profesionales, ofreciendo oportunidades para que jóvenes y adultos puedan perfeccionar su formación en el campo tecnológico y adquirir conocimientos que les otorguen oportunidades de trabajo.
La formación de técnicos debe atender la demanda del sector productivo y contribuir a la superación de la pobreza e incorporación al trabajo.
La Formación Técnica debe dar respuesta al desarrollo de la investigación científica, el desarrollo tecnológico, las innovaciones en el campo de la industria y el comercio, así como la actividad turística, en función del nuevo desarrollo tecnológico que exige recursos humanos con mayor grado de conocimientos prácticos.

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Cuba

Reglamentación o marco jurídico de ETP Objetivos de ETP
Constitución de la República (vigente desde el 24 de febrero de 1976), que establece los objetivos y principios de la educación cubana y establece los derechos, deberes y garantías fundamentales. El subsistema de Educación Técnica es el encargado de preparar la fuerza de trabajo calificada de nivel medio que el país requiere para el desarrollo de sus planes económicos y sociales.

El modelo de formación profesional compulsa a hacer transformaciones y proyecciones en función de formar trabajadores altamente calificados y competitivos.

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República Dominicana

Reglamentación o marco jurídico de ETP Objetivos de ETP
El marco jurídico está dado por la Ley General de Educación, N° 66’ 97, del 10 de abril de 1997.
Este marco normativo establece la estructura académica del sistema educativo; los organismos que tienen a su cargo la educación en la república; las funciones de los organismos descentralizados y el financiamiento de la educación, entre otros aspectos.
La Ley establece en su artículo 46 que “la Modalidad Técnico Profesional permite a los estudiantes obtener una formación general y profesional que los ayude a adaptarse al cambio permanente de las necesidades laborales para ejecutar e integrarse con éxito a las diferentes áreas de la actividad productiva y/o continuar los estudios superiores”.
Esta modalidad ofrece diferentes menciones y especialidades, de acuerdo a las características y necesidades locales y regionales del país de manera que contribuyan a su desarrollo económico y social.

En el mismo marco normativo se estipula como objetivo principal de la educación de adultos, ofrecer oportunidades de formación en el campo profesional. Este sub sistema se estructura en diferentes áreas, entre las que se encuentran las capacitación profesional, como área destinada a ofrecer alternativas de capacitación en un oficio que permita insertarse en el trabajo productivo tanto al estudiante como al adulto que deserta del sistema regular de educación.

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El Salvador

Reglamentación o marco jurídico de ETP Objetivos de ETP
Ley General de Educación, sancionada por Decreto Nº917, del mes de diciembre de 1996. En ella se establecen los fines y objetivos generales de la educación, la estructura del sistema educativo, niveles y modalidades, características del currículo nacional, sistema de evaluación educativa y acreditaciones; administración y supervisión del sistema educativo; derechos y obligaciones de los educadores, educandos y padres de familia. Al mismo tiempo se deroga la Ley General de Educación de 1990.
Ley de Educación Superior, Decreto legislativo N° 665 de 1996.
En su art. 22 la Ley General de Educación establece que la educación media, en sus dos modalidades: general y técnico vocacional, tienen por objetivos: - fortalecer la formación integral del educando para que participe en forma activa y creadora en el desarrollo de la comunidad - contribuir a la formación general del educando en razón de sus inclinaciones vocacionales y las necesidades socioeconómicas del país.
Por Decreto Ley Nº 10/72, se crea el INSAFORP.

Ley para la Formación Profesional, vigente a partir de 1996. Está en estudio la normativa referida a la acreditación de centros, comunidades de ejecución, elaboración de perfiles ocupacionales, programas de vinculación empresa centro y la preparación de una propuesta para el proceso de certificación ocupacional.
La FP tiene como objetivos generales los siguientes:

¤ Formación de recursos humanos tendientes a mejorar la productividad de las organizaciones y la calidad de los productos.
¤ Desarrollo de acciones de capacitación para el desempeño de labores productivas, en función del desarrollo socioeconómico del país y de la significación de la persona.
¤ Fomentar el desarrollo económico para mantener una ventaja competitiva en los mercados globales.
¤ Propiciar el mejoramiento de las condiciones de vida del trabajador y de su grupo familiar.
Ley de la Carrera Docente, sancionada en marzo de 1996, la cual tiene por objeto regular las relaciones del Estado con los educadores.

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Guatemala

Reglamentación o marco jurídico de ETP Objetivos de ETP
Desde la Constitución Nacional se establece que la educación en Guatemala es científica, humanista y tecnológica.

Del mismo modo, la Ley de Educación Nacional, decreto legislativo 12-91, da prioridad a la educación tecnológica, humanista y científica.

El Acuerdo Ministerial N° 478, organiza la educación técnica en la especialidad Industrial y Comercial; por su parte, el Acuerdo Ministerial N° 974, fortalece la educación tecnológica, organizando la Educación básica con carácter ocupacional en los establecimientos educativos experimentales.
Acuerdo Gubernativo Nº262-97 del 20 de marzo de 1997 por el cual se crea la Comisión Paritaria para la Reforma Educativa, con el objetivo central de diseñar una reforma del sistema educativo
La Educación Técnica Profesional, que se ofrece en el Ciclo Diversificado, tanto en el sector público como privado, tiene como objetivos: preparar al alumno para continuar estudios superiores, la formación ética y profesional, y la formación tecnológica, para el trabajo y para emprender una microempresa.
En el diseño de reforma se establece que uno de los ejes de ella es la ciencia y la tecnología. Se estipula que este eje fortalece uno de los fines de la educación como es el de contribuir al perfeccionamiento de la persona a través de su formación integral. Incluye, la creación y difusión del conocimiento, el fortalecimiento de los valores y el dominio de actitudes, destrezas y técnicas que contribuyan al desarrollo sostenible. Esto en el marco de una ética de uso crítico y racional de la ciencia y la tecnología para el bien común. Es importante mencionar que en este marco, se entiende por ciencia los esfuerzos sistemáticos que se realizan para explicar la realidad y por tecnología la "consecuencia práctica de la ciencia" que comprende técnicas, instrumentos y procedimientos, utilizados por la sociedad para resolver problemas y satisfacer necesidades.
Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico Nacional, sancionada por el decreto 63/91 en la cual se establece el marco para el fomento la organización y orientación de las actividades científico y tecnológicas, a efecto de estimular su generación, difusión, transferencia y utilización.

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Honduras

Reglamentación o marco jurídico de ETP Objetivos de ETP
El marco normativo está regulado por la Constitución de la República y la Ley Orgánica de Educación. La ET tiene como objetivo primordial proporcionar al alumno una formación general con una sólida base cultural y una formación tecnológica que le facilite su incorporación al mercado laboral a fin de participar activamente en el proceso de desarrollo socioeconómico del país. Asimismo se fomenta la participación social y se estimula la continuación de estudios superiores.
El Decreto Ley N°10 de diciembre de 1972, crea el INFOP, como institución autónoma, con personería jurídica y patrimonio propio. El decreto establece que el INFOP está encargado de dirigir, controlar, supervisar, coordinar y evaluar, a nivel nacional, las actividades relacionadas con la Formación profesional.

La FP tiene como objetivos generales:

¤ “Contribuir al aumento de la productividad nacional y al desarrollo económico social del país, mediante la renovación permanente y la innovación pedagógica”.
¤ “Promover el desarrollo de la capacidad de aprendizaje, del pensamiento creador y de la invasión tecnológica”.
Acuerdo Nº0420 del 23 de Julio de 1996, mediante el cual se establecen las normas y procedimientos para el desarrollo de actividades productivas que se encuentran en el marco del proyecto "Producción en Colegios Vocacionales de Honduras" -PCOVH-. La visión del PCOVH, queda establecida en provocar y facilitar la transición de la cultura de la instrucción hacia la cultura de la educación tecnológica en armonía y vinculación con el trabajo productivo potenciando la calidad de la educación técnica para que sea más competitiva en las condiciones de mercados globalizados. La misión es: "crear y fortalecer los escenarios didácticos para que los alumnos y maestros aprendan haciendo (...), propiciar el desarrollo académico técnico y económico de las instituciones educativas".
Se vincula la educación con el trabajo productivo a través de :
a) creación y fortalecimiento de escenarios didácticos tanto en el área agrícola, industrial como de servicios en donde los estudiantes aprenden haciendo y produciendo.
b) Unidades productivas con carácter autogestionario, que permiten generar ingresos con niveles significativos de utilidad y resolver problemas económicos, técnicos y de reinversión.

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México

Reglamentación o marco jurídico de ETP Objetivos de ETP
Ley General de Educación, promulgada el 12 de julio de 1993, que enmarca jurídicamente al Sistema Educativo Nacional, e incluye la formación para el trabajo. El SNET es un conjunto de instituciones creado para proporcionar servicios educativos, de investigación y desarrollo tecnológico, atención comunitaria, asesoramiento técnico y difusión cultural Por su parte los Centros de Formación para el trabajo tienen como objetivo principal capacitar a los alumnos en diversos oficios y artesanías y convertirlos en operarios calificados.
Ley para la coordinación de la Educación Superior ( 1978) que da origen a al Sistema Nacional de Educación Tecnológica. Este se encuentra coordinado por un Consejo, cuyas funciones fueron estipuladas en el reglamento del COSNET. (D.O. 1979). Los objetivos del Consejo son: coordinar y apoyar las actividades de las instituciones públicas dedicadas a la enseñanza e investigación, y crear y ejecutar programas para promover el desarrollo del SNET. Asimismo desarrolla acciones tendientes a: contribuir a alcanzar una mayor calidad académica, difundir las ventajas de la ET, mejorar la relación entre la docencia y la investigación, así como la del trabajo científico con el sector productivo, e impulsar el desarrollo tecnológico.
Por otra parte se han establecido ¨Acuerdos de Coordinación¨ entre la Secretaría de Desarrollo Social; de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; la de Educación Pública; Medio Ambiente y Recursos Naturales y Pesca; y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

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Nicaragua

Reglamentación o marco jurídico de ETP Objetivos de ETP
El marco jurídico está dado por el Acuerdo 20-96, referido a la aplicación del Nuevo Modelo de la FP. Está reglamentado por el Reglamento de Centros de FP, Reglamento de Apertura y Autorización de Centros de FP, Normativa de Certificación y Registro, Normativa del Sistema de Evaluación y Documentos Curriculares. La ET tiene como objetivo principal formar integralmente individuos para prepararlos para la vida y el desempeño de una determinada profesión u oficio o para la continuidad de estudios superiores (Técnico Medio).
La FP se rige y regula por los mismos reglamentos y disposiciones legales y su propia Normativa de Evaluación del Sistema Modular. Formar y desarrollar a jóvenes y adultos proporcionándoles los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias para desempeñarse en un puesto de trabajo. Se busca adecuar la FP a las necesidades de las empresas. Para ello los Comités Técnicos Especializados tienen como misión mejorar los documentos curriculares y definir itinerarios y competencias de las especialidades. Entre los objetivos del INATEC caben mencionar:

¤ Capacitación ocupacional
¤ Educación técnica
¤ Apoyo a la mujer para su incorporación al mundo del trabajo
¤ Apoyo a la micro y pequeña empresa, en los tres sectores de la economía
¤ Rehabilitación Profesional
¤ Asistencia Técnica docente a los Centros privados y sectoriales de formación
¤ Mejoramiento de las condiciones de vida de la población
El decreto Nº3/91 crea el INATEC como parte del Sistema Educativo Nacional. Se crea como entidad autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio con la finalidad de administrar, organizar, planificar, controlar y evaluar las actividades de los Sistemas Nacionales de Capacitación y Educación Técnica.
Ley Orgánica del INATEC: Decreto Nº 40/94, en la cual se establecen los objetivos, atribuciones, dirección y administración, estructura orgánica, recursos económico financieros del INATEC
Decreto Nº28-95 por el cual se reglamenta el recaudo mensual del 2% sobre el monto total de las planillas de sueldos a cargo de los empleadores de la república.
La finalidad del INATEC se sintetiza en :
  • Contribuir al desarrollo económico y social de Nicaragua por medio de la ET y la capacitación de recursos humanos calificados de Educación No Superior
  • Atender a todos los sectores económicos y diferentes niveles ocupacionales y de empleo
  • Promover a una mayor productividad, competitividad y calidad de los productos y servicios.

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